«Ley de igualdad, maternidad, paternidad, empleo y ciudadanía»

«Ley de igualdad, maternidad, paternidad, empleo y ciudadanía»

Hasta finales de mayo de 2006, el Gobierno ha dado audiencia a las asociaciones de mujeres sobre el Anteproyecto de Ley de Igualdad entre mujeres y hombres aprobado por el Consejo de Ministros aprobado el 3 de marzo, a la vez que lo dictaminan órganos consultivos con escasa participación de mujeres, como el Consejo Económico y Social (17%), el Consejo General del Poder Judicial (11%) y el Consejo de Estado (3%).

Coincidiendo con el 75 aniversario del derecho de las mujeres al voto, la interlocución de las asociaciones feministas y de mujeres por la igualdad puede representar nuestra mayoría de edad en la democracia participativa, reconocimiento al que ya han accedido otras organizaciones sociales, así como las de mujeres en la ONU y la UE. Ser oídas implicaría empezar a cumplir el artículo 1, apartados 5.3 y 7.4 de la Directiva europea 2002/73/CE sobre legitimación judicial y política de las ONGs de defensa de la igualdad de las mujeres, que la propia Ley traspone y debería estar en vigor desde octubre de 2005. La atomización en 3.300 asociaciones y el pluralismo ideológico, político, territorial y social que conlleva no deben utilizarse una vez más para declararnos políticamente incapaces, sino valorarse como un extenso tejido civil que contribuirá a hacer realidad los objetivos de la Ley de Igualdad. Para ello, varios centenares de asociaciones y consejos autonómicos de mujeres venimos planteando:

1.- Igualdad de mujeres en los parlamentos y corporaciones locales de democracia representativa directa.

Es positivo que la Ley de Igualdad exija una cuota mínima de mujeres en las candidaturas, pero no estamos de acuerdo con que excluya las de los 6.874 ayuntamientos con menos de 5.000 habitantes, que suponen el 85% de los municipios, el 15% de la población y el 66% de los cargos electos en España. Los municipios rurales, con un 17% de concejalas, son precisamente los más necesitados de apoyo institucional para avanzar hacia la igualdad, pues en los municipios de más de 50.000 habitantes las concejalas son el 35%, porcentaje similar a los que ya alcanzamos en parlamentos autonómicos (36%), Congreso de Diputados (33%) y representación española en el Parlamento Europeo (34%).

Tampoco estamos de acuerdo en que se aplique en tramos de 6 candidatos, pues por ejemplo en el Congreso de Diputados, sólo los 3 partidos más votados en las 7 provincias más pobladas obtienen 6 o más escaños, con lo que la cuota del 40% en tramos de 6 podría cumplirse por la mayoría de las circunscripciones y partidos poniendo a las mujeres al final del tramo de 6, empeorando la situación actual.

El Anteproyecto de Ley extiende de forma desigual y poco operativa la igualdad de mujeres y hombres a otros centros de toma de decisiones, públicos y privados, especialmente las entidades privadas contratadas, subvencionadas o consultadas por la Administración pública.

2.- Extensión del permiso pagado de maternidad de 16 semanas a todas las trabajadoras, eliminando el periodo de carencia.

En la actualidad una de cada tres madres trabajadoras, unas 100.000 (la tasa de actividad a la edad media de maternidad, 29 años, es del 80%, mientras la cobertura del permiso pagado de maternidad es sólo del 54% de los 461.000 nacimientos y adopciones anuales). La desprotección afecta especialmente a temporales, empleadas de hogar, agrarias, autónomas y becarias.

El permiso pagado por maternidad ha sido una demanda constante ante nuestra legislación laboral, desde la Ley de 1900 reguladora del trabajo de las mujeres y los niños. El Convenio 3 de la OIT de 1919 estableciendo la baja pagada de 12 semanas fue “reconocido” por España en el Decreto de 1923, pero no fue efectivo hasta que el Decreto de 26 de mayo de 1931 (otro 75 aniversario a celebrar) estableció el Seguro de Maternidad, financiando las prestaciones sanitarias y económicas. El Convenio 3 de la OIT se revisó por el 103 de 1952 ratificado por España en 1965 y por el 183 de 2000 ampliando la baja por maternidad a 14 semanas y extendiéndola “a todas las mujeres empleadas, incluidas las que desempeñan formas atípicas de trabajo dependiente” y a las trabajadoras autónomas en virtud de la normativa europea. El Convenio 183 no ha sido aún ratificado por España. ¿Podremos hacerlo con la Ley de Igualdad? Tal como está el Anteproyecto, no cumple los objetivos de universalidad, suficiencia y duración. El Subsidio de Maternidad no contributivo que establece la Disposición Adicional 17ª.6 no elimina totalmente el requisito de carencia, excluyendo aún a un sector de trabajadoras; tiene una cuantía de 383,3 euros/mes, que no garantiza el “nivel de vida adecuado” en torno a 2/3 del salario medio que dice la OIT y dura un tercio del de las “cotizantes”: sólo las 6 semanas obligatorias internacionalmente desde hace treinta años. Estas deficiencias reproducen la discriminación de las mujeres más desfavorecidas y empañan mejoras en el cómputo como cotizados del parto y las excedencias. Las asociaciones de mujeres pedimos la eliminación del periodo de carencia para el permiso de maternidad, igual que existe para la baja por accidente laboral, a fin de extenderla a todas las trabajadoras madres.

3.- Permiso de paternidad de cuatro semanas, irrenunciable e intransferible.

El Anteproyecto de Ley de Igualdad instaura en sus Disposiciones Adicionales 10ª.11 y 17ª.7 -en consonancia con la Resolución del Consejo europeo de 29.06.00 aunque no cita su condición de intransferible a la madre, a fin de contribuir a la corresponsabilidad- un permiso de paternidad de ocho días, con los mismos requisitos, y por tanto similares exclusiones, que el de maternidad. ¿Están los padres y sus empleadores en condiciones de dar este paso hacia la corresponsabilidad en el cuidado de la infancia que ya se ha dado en otros países? Desde 1989 de las 16 semanas de baja por maternidad, una parte que la Ley de Conciliación de 1999 cifró en hasta 10 semanas puede ser cedida al padre. Los datos de Seguridad Social indican que en el primer trimestre de 2006 sólo 1.246 padres, el 1,6 % de los afectados, han tomado esa opción, y lo más preocupante es que han sido menos que en 2005, por lo que es necesario que medidas como los planes de igualdad en las empresas que prevé la Ley o el Plan Concilia en la Administración del Estado que emplea al 2,7 % de los asalariados se normalicen y generalicen.

Uno de cada cuatro nacidos en 2005 lo ha sido de madre no casada. Sin perjuicio de contemplar a la madre sola cuando lo está, cosa que el Anteproyecto no hace, es imprescindible que en la ley y en la realidad cambiemos el binomio papá-paga/mamá-cuida. Las empresas, que alimentan su fuerza de trabajo, y también su clientela, de una sociedad cada vez más igualitaria entre hombres y mujeres, no pueden reaccionar ante la igualdad como un rejón de muerte, sino como su nuevo medio de vida.

Las asociaciones de mujeres y algunas mixtas o de hombres por la igualdad, pedimos que el permiso de paternidad sea de 4 semanas, porque ocho días son insuficientes para acostumbrar al padre ante su hijo o hija, ante su pareja, su empresa y ante sí mismo como trabajador con responsabilidades familiares. Que sea intransferible, para asegurar el objetivo de corresponsabilidad, e irrenunciable, como son las vacaciones, para que no pueda usarse discriminatoriamente contra los padres responsables.

4.- Escolarización de 0 a 3 años y servicios de atención a dependientes, como medidas de conciliación de la vida laboral y familiar.

Aún mejorando los permisos, la Ley de Igualdad no puede omitir, como hizo la de Conciliación en 1999, la otra pata necesaria para avanzar en la conciliación: los servicios públicos de atención a la infancia y a personas adultas dependientes. Debe aplicar la promesa electoral del PSOE (y otros partidos) de crear 250.000 plazas de educación infantil de 0 a 3 años en esta legislatura. Casi simultáneamente se tramita el Proyecto de Ley de Dependencia, que sí es una ley de servicios, aunque su artículo 18 mantiene a las cuidadoras familiares (con una pequeña ayuda económica y de cotización a la Seguridad Social) no como excepcional, sino como principal recurso de atención, incompatible con el derecho de más de un millón de mujeres al empleo, la salud y la vida personal.

Esperamos ser oídas en este procedimiento informal de consultas, que la creación inmediata de un Consejo de las Mujeres en el ámbito estatal nos rescate de la economía y la política informales, accediendo a la igualdad en la consideración social de la maternidad y la paternidad, el acceso al empleo y condiciones de trabajo, la ciudadanía.

Madrid, 9 de mayo de 2006

Nina Infante, Presidenta del Forum de Política Feminista y otras firmas de presidentas de Consejos y asociaciones